Don Simón gana a Pascual

El Tribunal Supremo ha resuelto el contencioso que enfrentaba a Grupo Leche Pascual y a J. García Carrión, propietario de la marca Don Simón, por la utilización del término ‘Funciona’ en las bebidas de leche y fruta de la marca Don Simón. La sentencia concluye que la empresa láctea no puede tener el monopolio de esta denominación.

Grupo Leche Pascual y Corporación Empresarial Pascual eran titulares de tres marcas que incluían en su nombre “Pascual Funciona”.También comercializaban desde el año 2006 una bebida de leche y frutas bajo la misma denominación, con una cuota de mercado del 40 por ciento en aquel momento.

Pascual presentó una demanda contra García Carrión en la que le acusaba de competencia desleal por distribuir desde agosto de 2008 una bebida de zumo y leche bajo la denominación “Don Simón Funciona” y “Don Simón Funciona Max”.

El juzgado de instancia rechazó que hubiese habido “infracción marcaria”, por parte de Don Simón, aunque consideró que los actos de imitación en el diseño del producto “eran contrarios a la buena fe” y prohibió a la empresa de bebidas utilizar ‘Funciona’.

Ahora, el Supremo ha decidido rectificar la decisión de instancia, pero ha introducido un importante matiz: “suprimir de la condena a cesar en la conducta desleal la referencia al empleo de cualquier forma de presentación que incluya la palabra ‘Funciona’ aplicada al mismo tipo de producto (leche y zumo de frutas)”.

El Alto Tribunal considera que las consecuencias de la actuación desleal no pueden ser las que fijó la sentencia de primera instancia, una vez transcurrido un plazo razonable en que pudo producir efectos la campaña publicitaria de Pascual. La prohibición queda sin efectividad, pues, de lo contrario, “se estaría reconociendo a Pascual un monopolio sobre el signo en cuestión que no le corresponde”.