El Supremo falla a favor de Bimbo y protege la marca Donuts

El Alto Tribunal confirma que el uso comercial no autorizado del término “Donut” vulnera los derechos de la marca.

Grupo Bimbo ha ganado una batalla legal que se prolongaba desde 2017. El Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación presentado por Bimbo Donuts Iberia y ha confirmado que el uso no autorizado del término “Donut” con fines comerciales constituye una infracción de los derechos de marca de Donuts.

La resolución, que pone fin a un litigio iniciado hace casi nueve años, reconoce el renombre extraordinario de la marca Donuts y le otorga la máxima protección legal disponible en el marco de la propiedad industrial. El Alto Tribunal establece que el empleo del término “Donut” por parte de un tercero en productos de bollería genera “un vínculo mental directo” con la marca registrada, lo que supone un uso desleal y no autorizado.

El fallo ordena además el cese definitivo de la parte demandada en cualquier utilización del signo “Donut” en el ámbito comercial para productos de bollería, reforzando así la exclusividad de Grupo Bimbo sobre la denominación.

La sentencia subraya que el hecho de que una marca haya sido incorporada a diccionarios o forme parte del uso coloquial no implica la pérdida ni la limitación de los derechos de exclusiva de su titular. Según el Tribunal Supremo, estos derechos deben respetarse en el comercio en todo caso.

Carlos Tatay, vicepresidente de marketing de Grupo Bimbo, celebró la resolución: “Esta victoria no es un mero formalismo. Es el reconocimiento de nuestro esfuerzo diario, de la calidad innegable y del vínculo emocional que hemos construido con nuestros clientes. Celebramos esta resolución como un impulso para continuar innovando y liderando la categoría»